Habilitación

Atención personalizada a los pensionistas.

Seguridad Social

Pensiones Contributivas

  • Pensiones de Jubilación.
  • Pensiones de Incapacidad
  • Por fallecimiento

Pensiones no Contributivas

  • Pensiones de Invalidez
  • Pensiones de Jubilación

Pensiones Contributivas

Son prestaciones económicas y de duración indefinida, aunque no siempre, cuya concesión está generalmente supeditada a una previa relación jurídica con la Seguridad Social (acreditar un período mínimo de cotización en determinados casos …, siempre que se cumplan los demás requisitos exigidos.

Dentro de la acción protectora del Régimen General y de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social, con las salvedades que, en cada caso y para cada modalidad, se indican en el respectivo régimen especial, se incluyen las pensiones siguientes:

  • Pensión de Jubilación: Jubilación ordinaria, jubilación anticipada por tener la condición de mutualista, jubilación anticipada sin tener la condición de mutualista, jubilación anticipada por reducción de la edad mínima debido a la realización de actividades penosas, tóxicas e insalubres, jubilación anticipada de trabajadores discapacitados, jubilación parcial, jubilación flexible y jubilación especial a los 64 años.
  • Pensión de Incapacidad: Total, absoluta y gran invalidez
  • Por fallecimiento: Viudedad, orfandad, en favor de familiares, Subsidio a favor de familiares, Auxilio por defunción, Indemnizaciones por AT o EP.

Dentro de la acción protectora del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez ( SOVI), se incluyen las pensiones de: Pensión de Vejez, Pensión de Invalidez y Pensión de viudedad.

Pensiones no contributivas

Son prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones siguientes:

  • Pensión de Invalidez. La Pensión no Contributiva de Invalidez asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.
  • Pensión de Jubilación. La Pensión no Contributiva de Jubilación asegura a todos los ciudadanos en situación de jubilación y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.

La gestión de estas pensiones no contributivas está atribuida a los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma.